El pasado viernes 28 de marzo, la sentencia contra la vicepresidenta Verónica Abad por violencia política de género fue ratificada, marcando un nuevo capítulo en la controversia política en Ecuador. La sentencia, emitida por el Tribunal Contencioso Electoral (TCE), determina la suspensión de los derechos políticos de Abad por dos años, lo que le impide ejercer cualquier cargo público y participar en las elecciones presidenciales de la segunda vuelta, programadas para el 13 de abril. Sin embargo, a pesar de la resolución, la vicepresidenta ha hecho pública una defensa de su posición, destacando el voto salvado de uno de los jueces del TCE que advirtió sobre los efectos de esta sentencia.
El voto salvado, emitido por el juez Fernando Muñoz, ha sido subrayado por Abad como un importante recordatorio de que los efectos materiales de una sentencia no pueden utilizarse como una forma de remoción indirecta del cargo de vicepresidenta. En un mensaje escrito en su cuenta de X, Abad señaló que Muñoz advirtió de manera clara que, según la Constitución, las causales para la destitución de un vicepresidente están explícitamente determinadas y que la suspensión de derechos políticos no está contemplada como una de esas causales. A través de esta declaración, Abad enfatizó que la remoción de la vicepresidencia solo puede ser consecuencia de un juicio político, una acción que corresponde exclusivamente a la Asamblea Nacional.
La decisión del TCE de suspender los derechos políticos de Abad se tomó luego de que el tribunal resolviera el recurso de aclaración y ampliación presentado por la defensa de la vicepresidenta. Esta resolución confirma la condena de Abad por violencia política de género, que fue presentada por la ministra de Relaciones Exteriores, Gabriela Sommerfeld. A través de un proceso judicial en primera y segunda instancia, el tribunal ratificó la responsabilidad de Abad por esta infracción, lo que llevó a la sanción que incluye la suspensión de derechos políticos por dos años, el pago de una multa de 30 salarios básicos (equivalente a $14,000) y una disculpa pública a Sommerfeld, la cual deberá ser publicada en un medio de comunicación de circulación nacional.
Los jueces del TCE que votaron en favor de la mayoría, Ivonne Coloma, Ángel Torres Maldonado y Joaquín Viteri (ponente), consideraron que los fundamentos legales que respaldaban la sanción estaban suficientemente claros. Aclararon que las medidas adoptadas no afectaban otros derechos constitucionales de Abad y que no implicaban su destitución formal. Sin embargo, el juez Fernando Muñoz, junto con su colega Richard González, expresó un voto salvado en el que argumentó que la sentencia vulneraba los derechos constitucionales de Abad. Muñoz señaló que la suspensión de los derechos políticos implicaba una «remoción indirecta», ya que la inhabilitación temporal de Abad para ejercer su cargo conllevaría, a largo plazo, su eventual pérdida definitiva de la vicepresidencia, sin haber pasado por el debido proceso de destitución establecido en la Constitución.
En su mensaje en la red social X, Abad también remarcó que, conforme a la Constitución, su destitución como vicepresidenta solo sería posible a través de un juicio político llevado a cabo por la Asamblea Nacional. Abad aclaró que, mientras tanto, ella continuará desempeñando sus funciones como vicepresidenta, a pesar de la controversia, y que seguirá defendiendo sus derechos desde donde se encuentre, ya que desde el 17 de marzo se encuentra en Turquía cumpliendo funciones delegadas por el presidente Daniel Noboa.
