Según el Ejecutivo, con estas enmiendas se «intenta nuevamente restringir el derecho a la libertad de expresión».
La Asamblea Nacional de Ecuador aprobó una serie de reformas a la Ley Orgánica de Comunicación, vigente desde 2013, y rechazó el proyecto propuesto por el Ejecutivo en la materia, lo que provocó el enojo del Gobierno.
Durante la sesión del jueves, el pleno del Parlamento sometió a votación el denominado Proyecto de Ley de Libertad de Expresión, que fue presentado por el presidente del país, Guillermo Lasso, al iniciar su mandato, en mayo de 2021. Se registraron un total de 55 votos a favor, 63 en contra y 13 abstenciones, por lo que no fue aprobado.
Posteriormente, se sometieron a votación las reformas presentadas por la oposición a la actual Ley Orgánica de Comunicación, logrando aprobarse con 75 votos afirmativos, 21 negativos y 30 abstenciones.
La medida causó malestar en el Gobierno, que emitió un comunicado en el que califica de «mordaza» las reformas aprobadas en el Parlamento.
De acuerdo con el Ejecutivo, con estas enmiendas se «intenta nuevamente restringir el derecho a la libertad de expresión» y «proporcionar mecanismos de persecución».
En el comunicado adelantan que una vez que la ley sea enviada oficialmente al Ejecutivo para su promulgación, Lasso, «en pleno ejercicio de sus facultades constitucionales, evaluará las acciones pertinentes para precautelar la democracia».
En la Asamblea, el oficialismo también manifestó su oposición al texto de minoría. Juan Fernando Flores afirmó que el texto aprobado es regresivo en derechos cuando se menciona que a los medios de comunicación y a los periodistas se les podrá abrir otros procedimientos para que se pueda evaluar la responsabilidad sobre ellos.
La correísta Marcela Holguín, que llegó a la política tras ser periodista, aseguró que el proyecto de minoría no regula la opinión como pretenden hacer creer algunos medios de comunicación y tampoco judicializa a los trabajadores de los medios, pues no permite sanciones penales.
Sin embargo, en el artículo 12 dice que “habrá lugar a responsabilidad ulterior de los medios de comunicación, en el ámbito civil o de otra índole, cuando los contenidos difundidos sean asumidos expresamente por el medio o no se hallen atribuidos explícitamente a una persona”.