Disputa en Ecuador: Asamblea Nacional cuestiona Decreto de Noboa y respalda a Verónica Abad como vicepresidenta en funciones
El secretario de la Asamblea Nacional, Alejandro Muñoz, explicó este martes 9 de enero los motivos detrás de la devolución del Decreto Ejecutivo 500, emitido por el presidente Daniel Noboa. Este decreto notificaba su ausencia temporal por motivos de campaña y designaba a Cynthia Gellibert como vicepresidenta encargada, lo que la Asamblea ha considerado un error jurídico y constitucional.
Según Muñoz, la Constitución de Ecuador, en su artículo 146, establece que ante una ausencia temporal del presidente, la persona que debe asumir el cargo es la vicepresidenta constitucional, en este caso, la ingeniera María Verónica Abad. Además, recordó que la Ley Orgánica de la Función Legislativa estipula que cualquier ausencia temporal del mandatario requiere una licencia aprobada por el pleno de la Asamblea, con un mínimo de 70 votos.
Campaña no justifica fuerza mayor
En su argumentación, Muñoz señaló que el Decreto Ejecutivo 500 alega «fuerza mayor» como motivo de la ausencia de Noboa, lo cual, afirmó, no se alinea con la definición de fuerza mayor establecida en el Código Civil. Este artículo menciona que circunstancias como naufragios o terremotos pueden considerarse fuerza mayor, pero hacer campaña política no califica como tal.
“El caso de hacer campaña no es una causa de fuerza mayor. Según la Constitución, quien debería reemplazar al presidente es Verónica Abad, quien no ha incurrido en abandono del cargo ni ha presentado ausencia temporal”, enfatizó Muñoz.
Errores en el Decreto 500 y su impacto legal
El secretario añadió que la devolución del Decreto 500 responde a lo que calificó como «yerros jurídicos y constitucionales». También señaló que si Noboa procede a hacer campaña sin solicitar la licencia correspondiente, podría estar incurriendo en una infracción electoral grave e incluso en peculado, al emplear potencialmente recursos públicos para fines políticos.
“La Asamblea le ha solicitado que, en caso de proceder con la campaña, solicite la licencia respectiva”, subrayó. Si Noboa decide finalmente hacer este trámite, Muñoz mencionó que la presidenta de la Asamblea, Esther Cuesta, tiene la facultad de suspender el receso legislativo para convocar al pleno y resolver el tema. Además, aclaró que la licencia debería cubrir toda la duración de la campaña, no solo un período breve de tres días.
La vicepresidencia en el centro del debate político
Con base en los artículos constitucionales y las leyes vigentes, Muñoz concluyó que la vicepresidenta en funciones sigue siendo María Verónica Abad. Aseguró que cualquier licencia o ausencia temporal del presidente debe respetar el marco legal y las disposiciones claras que otorgan prioridad al vicepresidente constitucional.
Este episodio subraya las tensiones políticas y los desafíos institucionales en Ecuador, mientras el país observa atentamente cómo se resolverá la disputa sobre la sucesión temporal en la Primera Magistratura.
