Verónica Abad presenta demanda de inconstitucionalidad contra el Decreto Ejecutivo 505 de Daniel Noboa

POLÍTICA

Verónica Abad impugna la ausencia temporal de Noboa por campaña electoral ante la Corte Constitucional

La vicepresidenta de la República, Verónica Abad Rojas, ha interpuesto una acción pública de inconstitucionalidad ante la Corte Constitucional (CC) en contra del Decreto Ejecutivo 505, mediante el cual el presidente Daniel Noboa se ausentó temporalmente del cargo, con el objetivo de participar en la campaña electoral para las elecciones presidenciales de febrero de 2025. La acción fue presentada este viernes 17 de enero de 2025, y, tras el sorteo correspondiente, el trámite fue asignado a la jueza Teresa Nuques.

En su recurso, Abad solicita que se dicten medidas cautelares para suspender los efectos del decreto, que, según ella, vulnera sus derechos constitucionales al evitar que ella asuma temporalmente la presidencia durante la ausencia de Noboa. Este es el segundo caso en que Noboa utiliza la figura de ausencia temporal por “fuerza mayor” para hacer campaña electoral, lo que ha generado un conflicto entre ambos políticos.

El Decreto Ejecutivo 505 fue emitido por Noboa el jueves 16 de enero, alegando una causa de ausencia temporal por “fuerza mayor” para participar en las actividades de la campaña electoral de su candidatura, promovida por su movimiento político, Acción Democrática Nacional (ADN). La ausencia se extenderá hasta el 19 de enero, con la obligación de participar en un debate electoral organizado por el Consejo Nacional Electoral (CNE) el 19 de enero.

Durante este periodo de ausencia, el presidente encargado designó a Cynthia Gellibert Mora, secretaria de la Administración Pública, como vicepresidenta constitucional del Ecuador a través del Decreto Ejecutivo 494. Esto, según Abad, se hizo con el propósito de evitar que ella asumiera el cargo, ya que mantiene una relación tensa y discordante con el presidente.

La vicepresidenta solicita que, en virtud del artículo 436 de la Constitución, se declare la inconstitucionalidad del Decreto Ejecutivo 505, particularmente el artículo 1, que establece la ausencia temporal de Noboa por motivos de campaña electoral. Abad argumenta que, aunque la Constitución contempla la ausencia por “fuerza mayor”, esta solo puede aplicarse a situaciones imprevistas e irresistibles, lo cual no se cumple en el caso de una campaña política, que, según ella, es un proceso anticipado y previsto.

En los últimos 15 días, Noboa ha utilizado la figura de la ausencia temporal en dos ocasiones para participar en la campaña electoral. El primer decreto de ausencia ya fue derogado, pero el segundo aún se mantiene en vigor. Abad, por su parte, considera que el accionar de Noboa representa un “fraude abierto” a la Constitución, al manipular las disposiciones legales para fines políticos.

Este recurso presentado ante la Corte Constitucional podría tener implicaciones significativas en la estructura política y la gestión del gobierno en los próximos días, dada la relevancia de las elecciones presidenciales que se avecinan. La Corte deberá analizar el caso y decidir si procede con las medidas cautelares solicitadas por Abad y si se acepta la inconstitucionalidad del decreto, lo que podría llevar a un cambio en la administración temporal del país durante el periodo de campaña.

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