El juez de garantías constitucionales, Édgar Romero, ha ordenado la reactivación de los juicios políticos contra exfuncionarios del gobierno de Guillermo Lasso, tras una acción de protección presentada por la asambleísta Inés Alarcón. La decisión, tomada el 22 de agosto y notificada formalmente el 29 del mismo mes, invalidó las resoluciones de la Comisión de Fiscalización que habían archivado estos juicios debido a la retirada de firmas de apoyo.
Romero dictó el fallo oralmente al concluir la audiencia y el escrito de notificación se subió al sistema de causas de la Función Judicial el 29 de agosto. El juez determinó que se habían violado derechos constitucionales al no permitir la presentación de nuevas firmas en reemplazo de las retiradas. Según Romero, la Comisión de Fiscalización debió aceptar nuevas adhesiones, ya que no existe norma que prohíba su incorporación.
El fallo confirma la acción constitucional de protección interpuesta por Alarcón y reconoce la vulneración de derechos fundamentales como el debido proceso y la seguridad jurídica. Las principales medidas dispuestas en la sentencia son las siguientes:
- Anulación de Resoluciones: Se dejan sin efecto las resoluciones 009-CEPFCP-2023-2025-JP, 010-CEPFCP-2023-2025-JP y 011-CEPFCP-2023-2025-JP, emitidas el 1 de julio de 2024. Se retrotrae el proceso al momento previo a la retirada de firmas, pero se aclara que los juicios ya resueltos no se verán afectados por esta sentencia.
- Continuación de Juicios Políticos: Se debe proceder con el trámite de los juicios políticos archivados contra Sebastián Corral Bustamante (exsecretario General de Administración Pública y Gabinete), Pablo Arosemena Marriot (exministro de Economía y Finanzas), y Andrea Montalvo Chedraui (exsecretaria de Educación Superior). La Comisión de Fiscalización deberá verificar si se cumplen los requisitos de firmas para continuar con estos procesos.
- Tratamiento de Juicios Pendientes: Los juicios políticos en curso o pendientes serán evaluados conforme a las medidas de reparación indicadas. La Comisión de Fiscalización debe asegurarse de que no se vean afectados los plazos legales y procedimientos vigentes.
- Garantías de Procedimiento Futuro: Se ordena a la Comisión de Fiscalización que notifique a los legisladores sobre el retiro de firmas y atienda los pedidos de nuevas adhesiones, verificando el cumplimiento de requisitos de acuerdo con la Ley Orgánica de la Función Legislativa.
- Plazo para Cumplimiento: La presidencia de la Comisión de Fiscalización debe informar sobre el cumplimiento de la sentencia dentro de las 48 horas siguientes a su notificación.
- Supervisión y Apelación: La Defensoría del Pueblo supervisará el cumplimiento de la sentencia y deberá informar periódicamente a la judicatura. Además, la sentencia será enviada a la Sala de Sorteos de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha para revisar el recurso de apelación interpuesto por la Asamblea Nacional.
La apelación fue presentada verbalmente durante la misma audiencia en la que se dictó la sentencia.
