El Ministerio del Trabajo de Ecuador emitió nuevas disposiciones que permiten distribuir las 40 horas de trabajo semanal en jornadas de hasta diez horas diarias, siempre que exista un acuerdo entre empleador y trabajador.
La medida fue explicada por el ministro Harold Burbano, quien aclaró que la normativa no incrementa la jornada laboral, sino que permite organizar las horas de manera flexible dentro del límite legal de trabajo semanal.
Con esta modalidad, por ejemplo, un trabajador podría cumplir sus 40 horas laborales entre lunes y jueves, trabajando diez horas por día y teniendo tres días consecutivos de descanso.
Las disposiciones entraron en vigencia el 10 de marzo de 2026, tras la publicación del Acuerdo Ministerial MDT-2026-059 en el Registro Oficial, documento emitido el 27 de febrero.
La normativa establece que las horas semanales podrán distribuirse en jornadas diarias que no superen las diez horas y dentro de un máximo de cinco días de trabajo a la semana, según lo previsto en el Código del Trabajo del Ecuador.
Además, se mantiene el derecho de los trabajadores a recibir pagos adicionales cuando se superen las 40 horas semanales, incluyendo recargos por horas suplementarias, extraordinarias o trabajo nocturno.
Los acuerdos para aplicar esta modalidad deberán quedar establecidos en el contrato laboral o en una adenda y registrarse en el sistema del Ministerio del Trabajo dentro de un plazo de 30 días desde su suscripción.

