La suspensión de Verónica Abad pone en duda su rol en la campaña electoral: ¿quién asumirá la Vicepresidencia en 2025?

POLÍTICA

En medio de un conflicto legal y político, la suspensión de Verónica Abad Rojas, vicepresidenta de la República de Ecuador, por un periodo de cinco meses, ha generado dudas sobre su capacidad para reemplazar al presidente Daniel Noboa Azín cuando este se ausente por motivos de campaña electoral. Esta situación podría incluso llevarla a abandonar el cargo de manera definitiva en febrero de 2025. A continuación, exploramos los detalles de este proceso y las implicaciones legales de su suspensión.

El trasfondo de la sanción a Verónica Abad

El Ministerio del Trabajo sancionó a Abad con la suspensión de sus funciones sin remuneración por 150 días debido a un supuesto abandono injustificado de su puesto. La vicepresidenta debía cumplir con una misión en Ankara, Turquía, como embajadora de la paz para los países del Medio Oriente, pero no llegó a tiempo, lo que fue interpretado como un incumplimiento de sus responsabilidades. La resolución fue emitida el 8 de noviembre de 2024, y a partir de esa fecha, Abad comenzó su suspensión.

El artículo 48 de la Ley Orgánica del Servicio Público establece que la falta de asistencia durante tres días consecutivos sin justificación puede ser considerada una infracción grave. Ruth Espinoza, directora de Recursos y Sumarios Administrativos del Ministerio del Trabajo, fue quien determinó que Abad había incurrido en esta falta.

Implicaciones políticas y constitucionales

La situación de Abad pone en entredicho su capacidad para asumir la Vicepresidencia en caso de que el presidente Noboa se ausente temporalmente para participar en la campaña electoral para las elecciones generales de 2025. Según la Constitución de Ecuador, si un funcionario está ausente por más de tres meses, se considera que su ausencia es definitiva. Esto significa que si la suspensión de Abad supera este límite, podría ser reemplazada de manera permanente, lo que dejaría a la Asamblea Nacional con la responsabilidad de elegir un nuevo vicepresidente.

En este contexto, la administración de Noboa ha tomado medidas para evitar que Abad asuma el cargo en su ausencia durante la campaña. La decisión de nombrar a Sahira Moya, actual secretaria nacional de Planificación, como vicepresidenta encargada, ha sido vista por muchos como una maniobra política. Damián Armijos, abogado de Abad, sostiene que dicha designación no tiene base legal, ya que no ha sido respaldada por un decreto ejecutivo.

Acciones legales y políticas de Verónica Abad

A pesar de la suspensión, Verónica Abad ha recurrido al sistema judicial para impugnar la decisión del Ministerio del Trabajo. El 10 de noviembre, presentó una acción de protección ante la Unidad Judicial de la Familia de Quito, solicitando medidas cautelares que suspendan la sanción hasta que se resuelvan los recursos legales. Aún no se ha convocado una audiencia, y la jueza Nubia Vera Cedeño no se ha pronunciado sobre las medidas cautelares.

Además, Abad ha solicitado a la Asamblea Nacional que fiscalice las actuaciones del Ministerio del Trabajo y de la Cancillería, que fue la entidad que alertó sobre su falta de asistencia. La presidenta de la Asamblea, Viviana Veloz, ha convocado una sesión para discutir este tema el 13 de noviembre de 2024.

La fecha clave para la Vicepresidencia

Según el calendario electoral del Consejo Nacional Electoral (CNE), la campaña electoral para los comicios de 2025 comienza el 5 de enero y termina el 6 de febrero. Durante ese tiempo, el presidente Noboa deberá solicitar una licencia sin remuneración, lo que abriría la posibilidad de que Abad asuma temporalmente el cargo de presidente en su ausencia. Sin embargo, debido a que su suspensión podría extenderse hasta finales de marzo o principios de abril de 2025, se podría considerar su ausencia definitiva en ese momento, lo que obligaría a la Asamblea Nacional a elegir a un nuevo vicepresidente.

Opiniones legales sobre el proceso

Varios expertos en derecho constitucional han expresado sus opiniones sobre la situación. El jurista Aldrin Gómez sostiene que la suspensión de Abad aún no ha causado estado, ya que no ha sido ratificada de manera definitiva. Además, considera que el nombramiento de Sahira Moya como vicepresidenta encargada es un «insulto a la inteligencia», ya que, según la Constitución, cuando un vicepresidente está ausente por más de tres meses, se configura una ausencia definitiva.

El artículo 146 de la Constitución establece que la ausencia temporal de un vicepresidente solo puede ocurrir por razones de salud o fuerza mayor, y que, en caso de una ausencia prolongada, se debe nombrar un reemplazo mediante un proceso legislativo.

Perspectivas a futuro

El futuro de Verónica Abad como vicepresidenta está rodeado de incertidumbre. La resolución de su caso depende tanto de las decisiones judiciales como de las acciones que tomen la Asamblea Nacional y el Ministerio del Trabajo en respuesta a los recursos legales presentados. En todo caso, la situación resalta la compleja interacción entre la política, el derecho administrativo y la Constitución en Ecuador, y cómo estas dinámicas podrían definir la estructura del gobierno en los próximos meses.

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