La Corte Constitucional (CC) de Ecuador dio luz verde el jueves 10 de noviembre de 2022, a las 8 preguntas previstas por el Gobierno de Guillermo Lasso para una consulta popular en 2023.
“Respecto de las preguntas, la Corte concluyó que estas cumplen los requisitos establecidos en el artículo 105 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional y garantizan la libertad de los electores, por lo que las declaró constitucionales”, dijo en un comunicado.
La consulta podría tener lugar el 5 de febrero próximo, simultáneamente con las elecciones seccionales, en la que se elegirán 23 prefectos e igual número de vice prefectos.
Además, en estos comicios votarán los 221 alcaldes, concejales urbanos, concejales rurales y vocales principales de las juntas parroquiales.
Los ecuatorianos serán consultados sobre asuntos relacionados con protección del ambiente, seguridad, transparencia, registro de partidos políticos y la conformación de la Asamblea Nacional.
Otra de las votaciones previstas es la elección de los 7 integrantes principales y suplentes del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs, entidad autónoma de control).
En ese contexto electoral podrían tener lugar otras dos consultas también el próximo año, de ser calificadas, una referida a la explotación petrolera en la reserva amazónica del Yasuní, y otra para Quito sobre la prohibición de la minería en el Distrito Metropolitano de Quito y en la reserva ecológica del Chocó Andino.
La última consulta popular realizada en Ecuador tuvo lugar en 2018, durante el Gobierno de Lenín Moreno, para hacer cambios a la Constitución, como la eliminación de la reelección indefinida del presidente de la República.
Preguntas.
Las primeras seis preguntas se aprobaron con el voto de ocho jueces, mientras que el juez Jhoel Escudero emitió un voto salvado en las preguntas 2, 4, 7 y 8. Las iniciativas son las siguientes:
- ¿Está usted de acuerdo con permitir la extradición de ecuatorianos que hayan cometido delitos relacionados con el crimen organizado transnacional, a través de procesos que respeten los derechos y garantías, enmendando la Constitución de acuerdo con el anexo 2?
- ¿Está usted de acuerdo con garantizar la autonomía de la Fiscalía General del Estado, para que esta seleccione, evalúe, ascienda, capacite y sancione a los servidores que la conforman a través de un Consejo Fiscal, enmendando la Constitución de acuerdo con el anexo 3?
- ¿Está usted de acuerdo con reducir el número de asambleístas y que se los elija de acuerdo a los siguientes criterios: 1 asambleísta por provincia y 1 asambleísta provincial adicional por cada 250.000 habitantes; 2 asambleístas nacionales por cada millón de habitantes; y 1 asambleísta por cada 500.000 habitantes que residan en el exterior, enmendando la Constitución de acuerdo con el anexo 4?
- ¿Está usted de acuerdo con exigir que los movimientos políticos cuenten con un número de afiliados mínimo equivalente al 1,5% del registro electoral de su jurisdicción y obligarlos a llevar un registro de sus miembros auditado periódicamente por el Consejo Nacional Electoral, enmendando la Constitución de acuerdo con el anexo 5?
- ¿Está usted de acuerdo con que se incorpore un subsistema de protección hídrica al Sistema Nacional de Áreas Protegidas, enmendando la Constitución de acuerdo con el anexo 7?
- ¿Está usted de acuerdo con que las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades, puedan ser beneficiarios de compensaciones debidamente regularizadas por el Estado, por su apoyo a la generación de servicios ambientales, enmendando la Constitución de acuerdo con el anexo 8?
Las siguientes dos preguntas relacionadas con las funciones del CPCCS se aprobaron por unanimidad, es decir, con nueve votos de los magistrados constitucionales. Estas son:
- ¿Está usted de acuerdo con eliminar la facultad de designar autoridades que tiene el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social e implementar procesos públicos que garanticen participación ciudadana, meritocracia y escrutinio público, de modo que sea la Asamblea Nacional la que designe a través de estos procesos a las autoridades que actualmente elige el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social enmendando la Constitución?”.
- ¿Está usted de acuerdo con modificar el proceso de designación de los miembros del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social para que sean elegidos mediante un proceso que garantice participación ciudadana, meritocracia, escrutinio público, llevado a cabo por la Asamblea Nacional, enmendando la Constitución?
