La Corte Constitucional de Ecuador dejó sin efecto varios artículos de la Ley de Apoyo Humanitario (LOAH), una normativa creada durante la presidencia de Lenín Moreno para enfrentar las consecuencias económicas de la pandemia de COVID-19. Este 5 de marzo de 2025, la Asamblea Nacional emitió un comunicado en su cuenta de X, resaltando que la decisión de la Corte reafirma su postura de que la ley vulneraba los derechos laborales de los trabajadores ecuatorianos.
Corte Constitucional declara inconstitucionalidad
El fallo de la Corte Constitucional, emitido el 14 de febrero de 2025, declara la inconstitucionalidad de varios artículos clave de la Ley de Apoyo Humanitario, específicamente los artículos 16, el primer inciso del artículo 17, el artículo 18, y una parte del artículo 19. La Corte también anuló disposiciones contenidas en el acuerdo ministerial 132 y en los artículos 11, 12, 13, 14 y 17 del Reglamento General de la LOAH.
La LOAH, promulgada en 2020, fue una de las principales herramientas del gobierno de Lenín Moreno para mitigar los efectos económicos de la pandemia. Entre sus disposiciones, la ley flexibilizaba las condiciones laborales y buscaba ofrecer alivio económico a empresas y trabajadores durante la crisis.
El impacto en los derechos laborales
La Corte destacó que ciertos artículos de la ley, especialmente aquellos relacionados con los acuerdos laborales y las sanciones por incumplimiento, resultaban en una vulneración de los derechos de los trabajadores. Esto incluye el artículo 16, que regula los acuerdos entre empleadores y empleados sobre modificaciones en las condiciones laborales, y el artículo 17, que establece sanciones en caso de incumplimiento. Además, el artículo 19 sobre contratos especiales emergentes y otros artículos relacionados con la flexibilidad laboral también fueron anulados.
En su comunicado, la Asamblea Nacional enfatizó que la resolución de la Corte respalda su visión de que ciertos aspectos de la LOAH permitían a los empleadores modificar las condiciones laborales de manera perjudicial para los empleados. Según los legisladores, la ley favorecía a las empresas a costa de los derechos fundamentales de los trabajadores.
Reacciones políticas al fallo
El pronunciamiento de la Asamblea Nacional también incluyó una mención a Viviana Veloz, presidenta de la Asamblea, quien en 2021 presentó reformas a la LOAH que, según la Asamblea, no fueron aprobadas debido a la oposición de la bancada Acción Democrática Nacional (ADN). Sin embargo, este punto ha generado confusión, ya que en 2021 Veloz no ocupaba la vicepresidencia de la Asamblea y la bancada ADN no existía. Las reformas a las que se hace referencia fueron en realidad presentadas en 2023.
Por su parte, la bancada de la Revolución Ciudadana, también conocida como «bancada ciudadana», reaccionó a la decisión de la Corte **señalando a Guillermo Lasso, expresidente, como la figura responsable de impedir que las reformas a la LOAH se concretaran. Además, acusaron a Veloz, Victoria Desintonio, Johanna Ortiz y Blasco Luna de presentar el proyecto de reforma que no prosperó.
Detalles sobre los artículos anulados
Los artículos anulados incluyen:
- Artículo 16: Regula los acuerdos entre empleadores y empleados para modificar las condiciones laborales.
- Artículo 17: Establece las sanciones que pueden aplicarse en caso de incumplimiento de los acuerdos establecidos en el artículo 16.
- Artículo 18: Establece condiciones mínimas para que los acuerdos laborales sean válidos.
- Artículo 19: Regula los contratos especiales emergentes, los cuales también fueron considerados inapropiados por la Corte.
En cuanto al acuerdo ministerial 132, que regula la preservación del empleo en los artículos 16 y 18, se decidió anular el artículo 3, que exige que los acuerdos sean informados al Ministerio de Trabajo. También se eliminaron los artículos 3 y 4 del acuerdo ministerial 133, que tratan sobre las denuncias de los empleadores ante el Ministerio de Trabajo.
El Reglamento General de la LOAH también sufrió modificaciones, con la anulación de artículos clave relacionados con la liquidación de contratos, la indemnización y la terminación de los contratos laborales. El artículo 18 de dicho reglamento, que exige que los empleadores notifiquen sobre la reducción de jornadas laborales, también fue dejado sin efecto.
Contexto de la Ley de Apoyo Humanitario
La Ley de Apoyo Humanitario fue enviada a la Asamblea Nacional el 16 de abril de 2020, en el marco de la crisis provocada por la pandemia. El objetivo principal de la ley era mitigar los efectos económicos de la emergencia sanitaria, brindando medidas de alivio financiero a empresas y trabajadores, y promoviendo la reactivación económica.
La ley incluía disposiciones sobre la reducción de jornadas laborales, la flexibilización de contratos, y acuerdos entre empleadores y empleados para enfrentar la crisis económica. Fue aprobada por la Asamblea Nacional el 15 de mayo de 2020 y publicada en el Registro Oficial el 22 de junio de 2020. La LOAH fue un tema clave durante los primeros meses de la pandemia y sigue siendo objeto de debate debido a sus implicaciones en los derechos laborales y en la relación entre empleadores y empleados.
