La defensa del exvicepresidente Jorge Glas ha presentado una apelación para cambiar su situación carcelaria, solicitando una medida alternativa a la prisión preventiva. Este pedido se basa en el deterioro físico y psicológico que Glas ha experimentado mientras cumple una condena de ocho años en la cárcel de máxima seguridad La Roca, en Guayaquil. La solicitud se realizó mediante un habeas corpus correctivo con el fin de que Glas reciba atención médica adecuada fuera del centro penitenciario.
La audiencia de apelación se llevó a cabo el 23 de agosto de 2024 en Guayaquil, bajo la dirección del juez Jorge Alejandro Lindao. Esta sesión, que duró casi cuatro horas, abordó la apelación contra la decisión del juez Patricio Vidal, quien había rechazado el habeas corpus previamente solicitado por Karen Gómez en favor de Glas. La Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que las acciones constitucionales en apelación se resuelven en base a los documentos presentados, sin necesidad de audiencia, a menos que sea solicitada por las partes involucradas. En esta ocasión, la audiencia se celebró para asegurar el derecho a una defensa adecuada.
El Tribunal de Apelación, integrado por los jueces Jorge Alejandro Lindao, Nancy Ivett Vera y Carlos Miguel Pinto, también escuchó a los amicus curiae y a representantes del Servicio Nacional de Atención a Personas Privadas de la Libertad (SNAI), de la cárcel La Roca, del Ministerio de Salud Pública (MSP) y de la Procuraduría General del Estado (PGE). La defensa de Glas, encabezada por Andrés Villegas, argumentó que el fallo de primera instancia violó el derecho a la salud del exvicepresidente al no considerar adecuadamente su deterioro físico y psicológico.
Villegas presentó pruebas que indican un grave deterioro en la salud de Glas desde su reclusión en La Roca, empezando desde el 6 de abril de 2024. Según Villegas, la Corte Constitucional había establecido precedentes para manejar habeas corpus relacionados con la salud de los internos, recomendando primero el acceso a servicios médicos en el mismo centro carcelario, luego la atención fuera del mismo si fuera necesario, y finalmente, en casos excepcionales, la posibilidad de medidas alternativas a la prisión.
Las autoridades de La Roca, representadas por Diego Ochoa, argumentaron que Glas ha recibido 79 atenciones médicas desde su ingreso, incluyendo consultas con médicos generales, psicólogos y especialistas. Ochoa también refutó una alegación de la defensa de Glas sobre la entrada de 500 pastillas de sedantes al centro, aclarando que cualquier medicamento ingresado se administra bajo estricta vigilancia médica.
Katherine Mazón, abogada del director del SNAI, defendió la decisión del juez de primera instancia, afirmando que la cifra de atenciones médicas para Glas ha alcanzado las 99. Mazón argumentó que la apelación busca cambiar la medida de prisión preventiva y trasladar a Glas a una prisión diferente, lo cual es una competencia exclusiva del SNAI.
Durante la audiencia, Glas habló por vía telemática desde La Roca, lamentando el aumento de su medicación y describiendo su situación como una forma de tortura. Aseguró que su salud se ha deteriorado significativamente, mencionando un intento de suicidio reciente y criticando la falta de atención médica adecuada. Glas pidió una medida sustitutiva a la prisión preventiva, como el arresto domiciliario en la casa de su madre en Guayaquil, para recibir atención médica especializada.
Después de una extensa deliberación, el presidente del tribunal de apelación cerró la audiencia y anunció que la sentencia se elaborará y notificará a las partes involucradas en el proceso.
