Gobierno ecuatoriano decreta diferimiento de deudas por 90 días en seis jurisdicciones afectadas por el paro indígena

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El presidente de la República, Daniel Noboa, firmó el Decreto Ejecutivo 192, mediante el cual se establece un diferimiento extraordinario y temporal de deudas por 90 días para personas y empresas ubicadas en seis jurisdicciones de la Sierra ecuatoriana que resultaron afectadas por el reciente paro indígena liderado por la Conaie.

La medida forma parte del programa de reactivación económica “Firmes”, impulsado por el Gobierno para mitigar los efectos económicos derivados de las paralizaciones que se extendieron durante un mes. El objetivo, según el Ejecutivo, es aliviar la carga financiera de los deudores y facilitar la recuperación productiva de las zonas más golpeadas.

El decreto beneficia a los habitantes y empresas domiciliadas civil o tributariamente en las siguientes jurisdicciones:

  • Provincia de Carchi
  • Provincia de Imbabura
  • Cantón Cayambe (Pichincha)
  • Cantón Pedro Moncayo (Pichincha)
  • Parroquia Guayllabamba (Quito)
  • Parroquia Calderón (Quito)

Estas localidades fueron consideradas de atención prioritaria debido a las pérdidas económicas registradas durante las movilizaciones.

Según el documento oficial, el diferimiento aplica a las obligaciones crediticias contraídas con entidades del sistema financiero público, privado, popular y solidario. Dichas instituciones podrán trasladar tres cuotas diferidas al final del plazo de la deuda, sin generar intereses moratorios, recargos, gastos adicionales ni multas.

El Gobierno precisó que esta medida podrá ejecutarse a solicitud del cliente o por iniciativa de la entidad financiera, siempre y cuando exista una aceptación expresa y por escrito del deudor. Además, los mecanismos serán regulados por la Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria, que determinará las fechas de corte y las cuotas por vencer.

Adicionalmente, las instituciones financieras tendrán la facultad de establecer programas de acuerdos de pago, así como reestructuraciones o refinanciamientos de créditos, bajo las mismas condiciones de exoneración de intereses y penalidades. Incluso, personas jurídicas no financieras que otorguen crédito —como cooperativas o proveedores de servicios— podrán adoptar las mismas medidas de alivio económico.

El decreto, firmado el 27 de octubre de 2025, responde a la necesidad de compensar los daños económicos que enfrentan los usuarios financieros de las zonas afectadas. Durante el paro indígena, múltiples actividades productivas, comerciales y agrícolas fueron interrumpidas por más de 30 días, ocasionando pérdidas estimadas en millones de dólares.

El Gobierno enfatizó que esta disposición busca “garantizar la estabilidad financiera de las familias y los pequeños productores”, y fortalecer la confianza en el sistema crediticio nacional en un contexto de recuperación económica.

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