Fiscalía Apelará Sentencia de 22 Años en Caso de Violación de Menor con Discapacidad en Tulcán

SEGURIDAD

La Fiscalía General del Estado ha decidido apelar el fallo que condenó a Jorge Gustavo S. E., un odontólogo y funcionario de un centro de salud pública en Tulcán, a 22 años de prisión por la violación de una niña de 12 años con un 72 % de discapacidad intelectual. La institución buscará que se revisen las circunstancias agravantes del caso para solicitar una pena mayor.

Según la investigación, los hechos ocurrieron en agosto de 2022, cuando el acusado aprovechó la condición de la menor, quien tiene una edad mental equivalente a la de una niña de 6 a 7 años, y la llevó en dos ocasiones a un motel donde perpetró los abusos. La Fiscalía también reveló que el odontólogo intentó sobornar a los padres de la víctima para evitar la denuncia.

El caso salió a la luz después de que la Junta de Protección de Derechos de Tulcán recibiera una denuncia anónima que indicaba posibles signos de violencia intrafamiliar. Al investigar, se descubrió que la menor, que vivía bajo el cuidado de su abuela debido a la discapacidad de sus padres, presentaba señales de abuso sexual.

La denuncia fue formalizada en julio de 2023, lo que permitió a la Fiscalía abrir un expediente en el que se presentaron pruebas periciales, testimonios y documentos que confirmaron los abusos. Entre los testimonios, se incluyó el del médico legista y los peritos que llevaron a cabo evaluaciones psicológicas y sociales de la víctima. Adicionalmente, varios trabajadores del centro de salud en el que laboraba el odontólogo afirmaron haber visto a la menor ingresar sin compañía al consultorio del acusado en más de una ocasión.

Durante el juicio, la Fiscalía presentó varias evidencias que incluyeron el reconocimiento del lugar de los hechos, peritajes de contexto de género y testimonios de la víctima, quien identificó a su agresor. En base a esta prueba, el tribunal sentenció al acusado a 22 años de prisión y al pago de $3,000 en concepto de reparación integral para la víctima.

Sin embargo, la Fiscalía había presentado su acusación con base en una agravante, amparada en el artículo 48 del Código Penal, que se aplica cuando el agresor tiene un vínculo previo con la víctima. Al no haberse tomado en cuenta esta agravante en la sentencia, la Fiscalía ha decidido apelar para que el tribunal considere aumentar la pena.

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