El 86% de los procesos abiertos por la Fiscalía durante el paro indígena en Ecuador sigue bajo investigación

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Durante el paro nacional convocado por la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie), que se extendió por 31 días entre septiembre y octubre de 2025, la Fiscalía General del Estado abrió 140 procesos penales por diversos delitos presuntamente cometidos durante las manifestaciones. Según los últimos datos oficiales, el 86,4 % de estos casos —equivalentes a 121 causas— permanecen en etapa de investigación previa, lo que significa que aún se desarrollan diligencias reservadas para determinar responsabilidades.

El paro, que se originó en rechazo a la eliminación del subsidio al diésel decretada por el presidente Daniel Noboa, se llevó a cabo en 15 provincias del país, con mayor intensidad en Imbabura y Pichincha, que concentran el 63,5 % de las causas abiertas. Las protestas comenzaron el 22 de septiembre y finalizaron el 22 de octubre, luego de que el líder de la Conaie, Marlon Vargas, anunciara el cese de movilizaciones y el retorno de las comunidades a sus territorios.

De acuerdo con la Fiscalía, los delitos más frecuentes durante las protestas fueron paralización de servicios públicos (80 casos), daño a bien ajeno (11), extralimitación en el ejercicio de funciones (10), secuestro (8), terrorismo (7), robo (4) e instigación o incitación a la discordia (3 cada uno). También se registraron casos de asociación ilícita, ataque o resistencia, incumplimiento de decisiones legítimas y paralización en la distribución de combustibles (2 casos por cada figura), además de delitos aislados como porte ilegal de armas, lesiones, muerte culposa y receptación.

De los 140 expedientes abiertos, solo ocho han avanzado a instrucción fiscal, mientras que seis personas han sido declaradas inocentes, dos casos fueron sobreseídos, otros dos recibieron dictamen abstentivo y uno fue extinguido tras un acuerdo de conciliación.

Uno de los procesos que aún se encuentra en investigación previa corresponde al ataque contra la caravana presidencial de Daniel Noboa, ocurrido el 7 de octubre en El Tambo (Cañar). En ese hecho, siete vehículos oficiales resultaron dañados y se denunció una tentativa de asesinato. La jueza de Azogues, Érika Álvarez, declaró ilegal la aprehensión de cinco personas detenidas tras el ataque, pero la fiscal Martha Villamarín aseguró que la investigación continúa para evitar la impunidad.

Otro caso relevante es el de los trece detenidos por el ataque al Comando Policial de Otavalo (Imbabura) durante el primer día de protestas. Inicialmente fueron acusados de terrorismo, aunque la Fiscalía ha solicitado una audiencia para reformular cargos y vincular a cinco sospechosos adicionales tras obtener nuevos elementos de convicción.

El Ministerio del Interior y la Policía Nacional informaron que durante el paro fueron aprehendidas 142 personas, de las cuales 78 enfrentan procesos penales, 62 recuperaron su libertad y dos extranjeros fueron deportados. La mayoría de los acusados recibió medidas alternativas a la prisión preventiva.

Las investigaciones se concentran principalmente en Imbabura (57 causas) y Pichincha (32), aunque también se registran casos en Carchi (11), Loja (10), Azuay (7), Chimborazo y Sucumbíos (4 cada una), Cañar (4), Cotopaxi (3), Bolívar y Zamora Chinchipe (2 cada una), y en Tungurahua, Santo Domingo de los Tsáchilas, Los Ríos y Orellana (1 caso por provincia).

Asimismo, la Fiscalía investiga las muertes de José Guamán y Efraín Fuérez (Imbabura) y Rosa Elena Paqui (Loja), ocurridas durante las manifestaciones. En los dos primeros casos se analiza la posible participación de armas de fuego, mientras que la muerte de Paqui, una mujer kichwa de 61 años, se investiga como un posible paro cardiaco derivado de la inhalación de gases lacrimógenos. Estos procesos se encuentran bajo la Unidad Especializada en el Uso Ilegítimo de la Fuerza.

Con estos avances, la Fiscalía mantiene abierta la mayoría de los casos para determinar responsabilidades y establecer si los hechos registrados durante las protestas constituyen delitos o si corresponden al ejercicio legítimo del derecho a la manifestación.

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