Traslado de Jorge Glas a la Cárcel del Encuentro genera reclamos de su defensa por violar medidas de la Corte IDH
La abogada internacional Sonia Vera, defensora del exvicepresidente Jorge Glas Espinel, calificó el reciente traslado de su cliente a la Cárcel del Encuentro, en Santa Elena, como un “acto de desacato y humillación institucional” por parte del presidente Daniel Noboa.
Según Vera, esta acción vulnera las medidas provisionales ordenadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), que protegen a Glas desde el 17 de octubre de 2025. Dichas medidas fueron dictadas al constatar “el riesgo cierto de daño irreparable a su vida, integridad personal y salud física y mental”.
La jurista denunció que el Estado ecuatoriano incumplió obligaciones internacionales al exponer públicamente al exvicepresidente. “La publicación de imágenes del beneficiario en reclusión, acompañadas de expresiones de burla y escarnio, constituye una violación directa a la orden vinculante de la Corte IDH”, manifestó.
Vera agregó que el Gobierno tiene el deber reforzado de protección y respeto hacia Glas, quien cumple condenas por los casos Odebrecht, Sobornos 2012-2016, y enfrenta una sentencia en primera instancia por peculado en el caso Reconstrucción de Manabí.
El anuncio presidencial y la reacción inmediata
El traslado fue confirmado por Daniel Noboa la noche del lunes 10 de noviembre de 2025. A las 19:36, el mandatario publicó en la red social X: “Bienvenido al nuevo hogar. Pronto llegarán otros criminales”, en referencia a los 300 internos que el Gobierno considera de alta peligrosidad, entre ellos Glas Espinel.
Ante ese mensaje, la abogada Vera advirtió que el anuncio se realizó sin notificación previa a la defensa, sin informe médico y sin la participación de la Mesa Técnica ordenada por el sistema interamericano.
“Esto constituye una transgresión grave y dolosa de la Convención Americana y de los estándares internacionales sobre medidas provisionales y custodia estatal”, puntualizó.
Riesgos, derechos y denuncias de instrumentalización política
Vera enfatizó que el traslado no debe interpretarse como un exceso comunicacional, sino como “un acto de Estado que desacata una decisión jurisdiccional internacional, comprometiendo la responsabilidad internacional del Ecuador y poniendo en riesgo la vida e integridad del beneficiario”.
Asimismo, alertó que el contexto actual agrava la situación. “En medio de una nueva masacre penitenciaria y de un proceso electoral en curso, la utilización del sistema carcelario como herramienta de propaganda constituye un uso político del dolor humano y una forma de tortura psicológica institucionalizada, proscrita por el derecho internacional”, expresó.
Medidas ordenadas por la Corte IDH
La Corte Interamericana de Derechos Humanos había dispuesto al Estado ecuatoriano cumplir con varias acciones a favor de Glas:
- Garantizar atención médica, psicológica y psiquiátrica permanente.
- Permitir visitas familiares, de su defensa y de médicos de confianza.
- Mantener activa la mesa técnica de salud.
- Rendir informes periódicos sobre su estado a la Corte.
Sin embargo, la Corte negó la solicitud de hospitalización urgente, el arresto domiciliario terapéutico y el traslado a otro centro penitenciario.
Para la defensa, estas condiciones implican un mandato claro que el Gobierno ha incumplido al disponer el traslado sin garantías previas ni comunicación formal.
Contexto judicial de Jorge Glas
El exvicepresidente Jorge Glas Espinel fue trasladado desde la cárcel de máxima seguridad La Roca, en Guayaquil, hacia la Cárcel del Encuentro. Cumple penas por asociación ilícita y cohecho, relacionadas con los casos de corrupción que marcaron su gestión durante el gobierno de Rafael Correa.
Su situación judicial y su estado de salud han sido motivo de múltiples pronunciamientos internacionales. La defensa insiste en que Ecuador debe acatar las disposiciones de la Corte IDH y garantizar condiciones dignas de reclusión.

