El conjuez de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), Édison Cantos, resolvió este jueves 12 de junio llamar a juicio al expresidente del Consejo de la Judicatura, Wilman Terán, y a la exjueza de Santo Domingo de los Tsáchilas, Anabell de Jesús T. C., en el marco del denominado caso Pantalla, relacionado con el presunto delito de asociación ilícita.
La decisión se tomó tras la reinstalación de la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio, que había sido suspendida dos semanas atrás para que el conjuez pudiera deliberar sobre los elementos presentados. En su resolución, Cantos concluyó que existen suficientes indicios de responsabilidad penal para que ambos exfuncionarios enfrenten un proceso judicial como autores del delito.
Según la Fiscalía General del Estado, tanto Terán como la exjueza habrían utilizado su posición de poder dentro del Consejo de la Judicatura para influir en funcionarios de menor jerarquía, con el fin de acceder a información privilegiada y favorecer a determinados postulantes en el concurso público de selección y designación de jueces de la CNJ, iniciado en junio de 2023.
Este proceso judicial forma parte de una investigación más amplia que ya ha resultado en tres condenas por procedimiento abreviado contra otros involucrados, quienes aceptaron su participación en los hechos. Sin embargo, Wilman Terán y Anabell T. eran los últimos procesados pendientes de ser llamados formalmente a juicio.
El caso Pantalla ha generado especial atención mediática y política, debido a la implicación de altos funcionarios judiciales y a las repercusiones que puede tener sobre la credibilidad del sistema de selección de jueces en Ecuador. La Fiscalía sostiene que el accionar de los ahora procesados respondía a una estructura organizada para manipular procesos institucionales en beneficio de intereses particulares.
Con esta resolución, el proceso entra en una nueva etapa donde el tribunal correspondiente deberá fijar fecha para la audiencia de juzgamiento. De ser hallados culpables, los acusados podrían enfrentar penas privativas de libertad, de acuerdo con lo que establece el Código Orgánico Integral Penal (COIP) para delitos de asociación ilícita.
