Estos son los valores mínimos de pensión alimenticia para adultos mayores en Ecuador en 2026

INFORMES

Desde la entrada en vigencia de la Ley del Adulto Mayor en 2019, en Ecuador se garantiza el derecho de las personas de la tercera edad a recibir una pensión alimenticia cuando no cuenten con recursos económicos suficientes o cuando su condición física o mental les impida subsistir por sí mismas.

El artículo 27 de la normativa establece que pueden acceder a este derecho los adultos mayores que carezcan de medios para su subsistencia. Por su parte, el artículo 28 determina quiénes están obligados a proporcionar la pensión:

  • Cónyuge o pareja en unión de hecho.
  • Descendientes hasta el segundo grado de consanguinidad (nietos).
  • Hermanos o hermanas.

Si existen varios familiares con el mismo grado de parentesco, la demanda debe incluir a todos los obligados.

El monto es fijado por un juez de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, tomando como referencia la tabla oficial emitida por el Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES) y el Salario Básico Unificado (SBU) vigente en 2026.

Tabla de pensiones alimenticias 2026

A continuación, los valores mínimos establecidos según el nivel de ingresos del obligado:

Ingresos de $0 a $477,18 (0 a 0,99 SBU)

  • Un adulto mayor: De $0 a $97,01 (20,33 %).
  • Dos adultos mayores: De $0 a $144,78 (30,34 %).

Rehabilitación y ayudas técnicas por discapacidad:

  • Moderada: 0 %
  • Grave: 0 %
  • Muy grave: 0 %

Ingresos de $482 a $597,68 (1 a 1,24 SBU)

  • Un adulto mayor: De $135,54 a $168,07 (24,37 %).
  • Dos adultos mayores: De $169,42 a $210,08 (35,15 %).

Rehabilitación y ayudas técnicas:

  • Moderada: 4,50 %
  • Grave: 5,17 %
  • Muy grave: 6,56 %

Ingresos de $597,69 a $853,14 (1,24 a 1,77 SBU)

  • Un adulto mayor: De $160,54 a $229,15 (26,80 %).
  • Dos adultos mayores: De $223,24 a $318,65 (37,35 %).

Rehabilitación y ayudas técnicas:

  • Moderada: 6,27 %
  • Grave: 7,20 %
  • Muy grave: 9,13 %

Ingresos de $853,15 a $1.079,68 (1,77 a 2,24 SBU)

  • Un adulto mayor: De $224,04 a $283,52 (26,26 %).
  • Dos adultos mayores: De $333,07 a $421,51 (39,04 %).

Rehabilitación y ayudas técnicas:

  • Moderada: 8,83 %
  • Grave: 10,14 %
  • Muy grave: 12,85 %

Ingresos de $1.079,69 a $1.489,38 (2,24 a 3,09 SBU)

  • Un adulto mayor: De $337,73 a $465,88 (31,28 %).
  • Dos adultos mayores: De $433,71 a $598,28 (40,17 %).

Rehabilitación y ayudas técnicas:

  • Moderada: 11,33 %
  • Grave: 13,01 %
  • Muy grave: 16,50 %

Ingresos de $1.489,39 en adelante (3,09 SBU en adelante)

  • Un adulto mayor: Desde $550,93 (36,99 %).
  • Dos adultos mayores: Desde $653,25 (43,86 %).

Rehabilitación y ayudas técnicas:

  • Moderada: 22,49 %
  • Grave: 25,81 %
  • Muy grave: 32,73 %

Estos montos constituyen valores mínimos referenciales. El juez puede analizar cada caso concreto para determinar el pago definitivo, considerando la capacidad económica del obligado y las necesidades del adulto mayor beneficiario.

La pensión alimenticia para adultos mayores busca asegurar condiciones de vida dignas y proteger a uno de los grupos prioritarios reconocidos por la legislación ecuatoriana.

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