Daniel Noboa veta por completo ley sobre registro de resoluciones de jurisdicción indígena en conflictos de tierras

POLÍTICA

El presidente de Ecuador, Daniel Noboa, ha emitido un veto total al proyecto de Ley reformatorio a la Ley de Registro. Este proyecto, aprobado previamente por la Asamblea Nacional, buscaba que las resoluciones derivadas de la jurisdicción indígena en conflictos internos de tierras fueran inscritas en los registros públicos de actos y documentos. La resolución presidencial se hizo pública este jueves, 24 de octubre de 2024.

Este veto marca la segunda objeción total que realiza el mandatario en menos de una semana. El 22 de octubre, Noboa también rechazó el proyecto de reformas al Código de Ambiente.

El Ejecutivo justificó este veto al señalar que la propuesta legal incluye un artículo que permitiría registrar las resoluciones de la jurisdicción indígena en casos de conflictos territoriales. Además, la normativa sugería la creación de un libro especial para inscribir dichas resoluciones y facultaba a los gobiernos autónomos descentralizados a desarrollar ordenanzas municipales para viabilizar su registro.

Sin embargo, el presidente argumentó que esta normativa contradice la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas, que garantiza el derecho de los pueblos indígenas a conservar y reforzar sus propias instituciones políticas, jurídicas, económicas, sociales y culturales, mientras participan plenamente en la vida nacional. Asimismo, recordó que la Constitución ecuatoriana (artículo 171) otorga a las autoridades indígenas el derecho a ejercer jurisdicción sobre sus propios territorios, aplicando sus normas ancestrales y asegurando la participación de las mujeres en la toma de decisiones, siempre que no contravengan la Constitución o los derechos humanos.

El mandatario también advirtió que las disposiciones del proyecto de ley presentan errores al basarse en sentencias sin una clara analogía entre los hechos que originan los conflictos y los que se pretenden resolver mediante la reforma del artículo 25 de la Ley de Registro.

Finalmente, Noboa subrayó que cada conflicto territorial bajo la jurisdicción indígena tiene características particulares que deben ser analizadas bajo los principios constitucionales de igualdad, debido proceso y respeto a la autonomía de las jurisdicciones.

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