En un giro inesperado, los consejeros del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) decidieron rectificar su resolución del 22 de enero de 2025, que había aprobado la ratificación de un superintendente de Bancos. Esta decisión fue motivada por la preocupación de que su acción podría haber violado una sentencia de la Corte Constitucional (CC). En un intento por evitar sanciones legales, los vocales del CPCCS declararon “ineficaz” dicha resolución, al considerar que utilizaron un término jurídico que no existe en el marco legal ecuatoriano.
La controversia se originó a raíz de la designación de dos nuevos superintendentes de Bancos para diferentes periodos, una medida que había sido aprobada por el CPCCS. Sin embargo, la acción fue puesta en duda por la Corte Constitucional, ya que el término utilizado por los consejeros no estaba formalizado ni reconocido en la jurisprudencia del país. Esto generó un examen exhaustivo de las decisiones del CPCCS, lo que llevó a los consejeros a presentar escritos de defensa ante la Corte.
El 27 de enero de 2025, a medianoche, vencía el plazo para que los siete vocales del CPCCS enviaran toda la información relacionada con la ejecución de la sentencia en una acción extraordinaria de protección que estaba vinculada con la resolución impugnada. De acuerdo con los informes oficiales, tres de los cuatro consejeros involucrados enviaron sus escritos de descargo ante la Corte Constitucional, aunque no se encontró constancia del escrito del consejero Augusto Verduga, quien además solicitó vacaciones justo antes del vencimiento del plazo.
La situación desató una serie de reacciones tanto en el ámbito político como en el jurídico, dada la gravedad de la resolución declarada «ineficaz» y las implicaciones legales que podrían surgir de este desacierto. A pesar de los esfuerzos del CPCCS por corregir la situación, las consecuencias de la polémica decisión siguen siendo objeto de análisis y discusión en los círculos legales y políticos del país.
