Justicia ecuatoriana rechaza revisión de prisión preventiva para empresario en el caso Metástasis

POLÍTICA

El conjuez de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), Manuel Cabrera, rechazó la solicitud de revisión de prisión preventiva presentada por el empresario Xavier J., procesado por delincuencia organizada en el caso Metástasis.

La decisión, tomada el 17 de marzo, confirma que el acusado deberá permanecer privado de libertad, dado que no ha cumplido con la orden de detención vigente desde enero de 2023. La Fiscalía General del Estado lo considera prófugo de la justicia y argumenta que no existen razones para modificar la medida cautelar impuesta.

Argumentos de la defensa y rechazo del tribunal

El abogado de Xavier J., Juan Carlos Salazar, solicitó que su cliente pudiera presentarse periódicamente en un consulado en Estados Unidos o, en su defecto, asistir al juicio mediante una conexión telemática. Alegó que el empresario no puede salir del país debido a una cita migratoria programada para marzo de 2027 y presentó un certificado de la policía estadounidense para demostrar que su defendido no enfrenta problemas legales en esa nación.

Sin embargo, el conjuez Cabrera determinó que estos documentos no justifican la modificación de la medida cautelar y reafirmó que Xavier J. sigue en calidad de prófugo.

«El juzgador no puede decidir en base a promesas o expectativas de que el acusado comparecerá a juicio, sino en hechos concretos», señaló Cabrera en su resolución.

Además, la fiscal general Diana Salazar cuestionó la validez de los documentos presentados, señalando que la cita migratoria en EE.UU. data del 2 de abril de 2024, mientras que la apostilla del documento fue realizada en febrero de 2025. Según Salazar, esto evidencia que el empresario nunca tuvo intención de cumplir con la justicia ecuatoriana.

Intento de intervención del acusado

Durante la audiencia, la defensa de Xavier J. solicitó que su cliente pudiera dirigirse a la sala como derecho a la última palabra, ya que estaba conectado mediante un teléfono celular. Sin embargo, el conjuez Cabrera denegó la petición, argumentando que esta prerrogativa solo aplica en una etapa posterior del proceso y no en la revisión de medidas cautelares.

Finalmente, la CNJ ratificó que la prisión preventiva sigue siendo necesaria, subrayando que el acusado debe estar bajo custodia del Estado o de la autoridad del país en el que se encuentra para garantizar su comparecencia ante la justicia.

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