Asamblea Nacional objeta decreto presidencial sobre encargo a Cynthia Gellibert

POLÍTICA

En un oficio difundido por Alejandro Muñoz, secretario general del Legislativo, se señala que el decreto no se ajusta a los artículos 146 de la Constitución, 42 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa y 30 del Código Civil. Según la notificación, los argumentos presentados por Noboa no califican como «fuerza mayor o caso fortuito», conceptos necesarios para justificar una ausencia temporal del cargo presidencial.

Argumentos del presidente Daniel Noboa

El Decreto Ejecutivo 500, firmado por Noboa el 7 de enero de 2025, comunicaba la delegación de sus funciones a Cynthia Gellibert, vicepresidenta encargada, desde las 17:00 del jueves hasta las 16:59 del domingo. Noboa justificó esta decisión citando «una ausencia temporal por fuerza mayor» basada en dos elementos clave:

  1. Ambigüedad en el pronunciamiento del Consejo Nacional Electoral (CNE): El CNE solicitó a los funcionarios públicos evitar actos que puedan ser interpretados como uso indebido de recursos estatales o proselitismo electoral.
  2. Percepción ciudadana y posibles denuncias electorales: Noboa argumentó que cualquier actividad pública presidencial podría interpretarse como un acto proselitista, lo que lo pone en riesgo de enfrentar infracciones electorales.

La intención del presidente, según fuentes del Ejecutivo, es aprovechar este periodo para realizar campaña política con su movimiento Acción Democrática Nacional (ADN), lista 7, en el marco de las próximas elecciones.

Objeciones de la Asamblea

El Legislativo, sin embargo, sostiene que las razones expuestas no encajan en el marco legal para considerar la fuerza mayor. Asimismo, enfatizó que el mandatario debe solicitar licencia sin remuneración al pleno de la Asamblea Nacional, conforme al artículo 42 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa. Este permiso requiere una resolución del Legislativo para aprobar o negar la ausencia temporal del presidente.

Además, se recordó que el Código de la Democracia establece normativas claras para los funcionarios en periodo electoral.

Contexto político y posición del Gobierno

Daniel Noboa, electo presidente en los comicios anticipados de octubre de 2023, busca extender su mandato tras concluir el periodo iniciado por Guillermo Lasso, quien disolvió la Asamblea Nacional bajo la figura de la «muerte cruzada». Noboa, en este nuevo proceso, se presenta como candidato presidencial por su movimiento ADN, en una candidatura catalogada como firme e irrenunciable.

El Ejecutivo ha sostenido que Noboa no necesita pedir licencia sin sueldo, argumentando una sentencia interpretativa de la Corte Constitucional emitida en 2010. Esta resolución establece que los mandatarios elegidos para completar un periodo tras una «muerte cruzada» no se consideran en reelección. Por lo tanto, Noboa se postula oficialmente a su primer mandato presidencial completo.

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