Consejo de la Judicatura Declara Nulidad Parcial del Concurso de Jueces de la Corte Nacional

POLÍTICA

La noche del 26 de agosto de 2024, el Consejo de la Judicatura (CJ) decidió declarar la «nulidad insanable parcial» del concurso para la selección de jueces y conjueces de la Corte Nacional de Justicia (CNJ). Esta resolución, respaldada por un informe jurídico de la institución, se basa en irregularidades detectadas durante la elaboración y aplicación de las pruebas de confianza en el proceso de selección.

De acuerdo con el artículo 53 del Código Orgánico de la Función Judicial, cualquier anomalía significativa en las diferentes fases del concurso que afecte su validez puede llevar a la reanudación total o parcial del procedimiento. El CJ adoptó cinco medidas clave en su resolución:

  1. Se declaró la nulidad parcial del concurso para jueces y conjueces de la CNJ, siguiendo las recomendaciones de la Dirección General y otras direcciones involucradas, como las de Talento Humano, Transparencia de Gestión, Administrativa, Asesoría Jurídica y la Escuela de la Función Judicial. Esto se hizo conforme al artículo 53 del Código Orgánico de la Función Judicial y a la Resolución 064-2024.
  2. Se dejó sin efecto la aprobación del informe relacionado con la fase del examen de confianza del concurso, que había sido contenido en memorandos de julio de 2024 y aprobado mediante la Resolución 141-2024.
  3. La Dirección Nacional de Transparencia de Gestión y la Subdirección Nacional de Control Disciplinario deberán llevar a cabo las investigaciones pertinentes basadas en la presente resolución.
  4. Se ordenó a la Dirección General solicitar a la Contraloría General del Estado un examen especial de la fase de examen de confianza del concurso.
  5. Se ratificó la resolución 137-2024 del 9 de julio de 2024, que aprobó el informe de la fase de prueba psicológica del concurso.

En cuanto a las disposiciones transitorias, se estableció que la Dirección Nacional de Talento Humano debe proponer en un plazo de quince días a partir de la fecha de la resolución todos los cambios administrativos y normativos necesarios para retomar el concurso desde la fase del examen de confianza. Asimismo, deberá presentar un cronograma modificado para su conocimiento y aprobación por el pleno del CJ.

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