El Ministerio de Producción, Comercio Exterior e Inversiones de Ecuador revisa la redacción de un artículo del Tratado Bilateral de Inversiones (TBI) firmado con Emiratos Árabes Unidos. La modificación responde a una observación emitida por la Corte Constitucional del Ecuador.
Reuniones para definir el nuevo texto
Desde este 6 de abril, el Ministerio coordina reuniones con la Secretaría Jurídica de la Presidencia y la Cancillería. Las instituciones buscan ajustar el contenido del acuerdo para cumplir con el dictamen constitucional.
El ministro Luis Alberto Jaramillo explicó que el nuevo texto deberá consensuarse con Emiratos Árabes Unidos. Por ello, aún no existe una versión final ni un plazo definido.
Condición clave impuesta por la Corte
La Corte declaró la constitucionalidad del tratado el 30 de marzo de 2026. Sin embargo, exigió una modificación en el artículo 20.
El organismo ordenó incluir una exclusión expresa. Esta debe dejar claro que los tribunales arbitrales internacionales no podrán tratar controversias contractuales o comerciales entre el Estado ecuatoriano y actores privados.
Alcance del artículo 20
El artículo establecía mecanismos de arbitraje para resolver disputas de inversión. Estos procesos se activaban si las partes no alcanzaban un acuerdo tras seis meses de negociación.
El texto también permitía acudir a instancias como el Ciadi o la CNUDMI. En estos casos, el demandante podía designar árbitros para el proceso.
Restricción basada en la Constitución
La Corte fundamentó su decisión en el artículo 422 de la Constitución ecuatoriana. Esta norma prohíbe ceder jurisdicción soberana en disputas contractuales o comerciales a tribunales internacionales.
Por ello, el organismo exigió que cualquier controversia de este tipo se resuelva bajo la legislación nacional o mediante mecanismos acordados en los contratos.
Próximos pasos del acuerdo
Una vez que ambos países acuerden el nuevo texto, el documento regresará a la Corte Constitucional para su revisión final.
Luego, la Asamblea Nacional del Ecuador deberá aprobar el tratado con mayoría absoluta. Posteriormente, el presidente lo ratificará y se publicará en el Registro Oficial.

