El Consejo de Administración Legislativa (CAL) actualizó el reglamento sobre el pago de viáticos, subsistencias, movilización, subsidio terrestre y gastos de residencia dentro y fuera del país, derogando la normativa vigente desde el 20 de agosto de 2025.
Aunque la reforma no cambia los porcentajes de viáticos que reciben los asambleístas, servidores legislativos ni el personal de seguridad de autoridades y de la escolta, sí amplía el bono de residencia para funcionarios del nivel jerárquico superior.
Ahora, además de los asambleístas, podrán acceder al pago mensual por gastos de vivienda los cargos como secretario general, prosecretario general, administrador general; secretarios de Comunicación, Relaciones Internacionales e Interinstitucionales y de la Unidad Técnica Legislativa; coordinadores generales y asesores de Presidencia, vicepresidencias, bancadas, despachos y vocales del CAL. El beneficio se otorgará solo a quienes residan a más de 60 km del Distrito Metropolitano de Quito y no tengan vivienda allí.
El subsidio mensual será de $1.446 para los asambleístas y hasta $900 para el resto de funcionarios jerárquicos superiores.
Viáticos dentro del país
Se pagarán únicamente cuando la comisión oficial implique desplazamiento a más de 100 km del domicilio o lugar de trabajo del beneficiario y por un máximo de 30 días continuos, luego de los cuales se abonará el 80%. Los montos diarios son:
- $150: presidente, vicepresidentes, miembros del CAL, asambleístas, secretario general, administrador general y secretarios de Comunicación, Relaciones Internacionales e Interinstitucionales y Técnica Legislativa.
- $110: prosecretario general, coordinadores generales, asesores de Presidencia y jefes de seguridad inmediata y escolta.
- $80: demás servidores legislativos y personal de seguridad.
Viáticos en el exterior
Los pagos se multiplican por un coeficiente según el país de destino. Por ejemplo:
- $250: presidente, vicepresidentes, miembros del CAL, asambleístas, secretario general, administrador general y secretarios de Comunicación, Relaciones Internacionales e Interinstitucionales y Técnica Legislativa.
- $220: prosecretario general, coordinadores y asesores de Presidencia, jefes de seguridad inmediata y escolta.
- $190: resto del personal legislativo y de seguridad.
Los coeficientes van de 1,02 para Nicaragua hasta 2,53 para Japón.
Subsidio de transporte terrestre
Los asambleístas y funcionarios jerárquicos que residan a más de 60 km de Quito y no utilicen vehículos institucionales podrán recibir $0,35 por kilómetro recorrido, calculado de ida y vuelta, pagado mensualmente según asistencia a actividades legislativas. Durante los recesos, el subsidio solo aplica si hay convocatoria a sesiones extraordinarias.
Movilización aérea
Los asambleístas principales, suplentes o alternos principalizados que no residan en Quito tendrán derecho a un pasaje semanal de ida y vuelta a la ciudad. Este derecho incluye sesiones del Pleno, comisiones o el CAL, y no se considera parte de los viáticos.
Cada legislador podrá destinar hasta 12 pasajes anuales a otros destinos dentro del país y, de forma excepcional, hasta cinco adicionales si la actividad oficial lo requiere. Para circunscripciones en el exterior, los asambleístas principales tendrán cuatro boletos internacionales al año. El presidente de la Asamblea puede autorizar pasajes internacionales para suplentes o alternos principalizados que residan fuera del país por al menos cinco días consecutivos.

