Asamblea Nacional tratará declarar el 8 de diciembre en memoria de niños del caso Las Malvinas

La Asamblea Nacional del Ecuador analizará en sesión ordinaria la declaración del 8 de diciembre como día conmemorativo en memoria de los niños Josué, Ismael, Steven y Nehemías, víctimas del denominado caso Las Malvinas.

El tratamiento de esta resolución responde al cumplimiento de la sentencia emitida por la Corte Constitucional del Ecuador, notificada al Parlamento el 10 de marzo de 2026 mediante la resolución N.º 1732-25-EP/26, titulada In memoriam: desaparición forzada de Josué, Ismael, Steven y Nehemías.

Corte Constitucional reconoce desaparición forzada

En su fallo, la Corte aceptó una acción extraordinaria de protección presentada contra una sentencia de apelación que había negado un recurso de hábeas corpus relacionado con la presunta desaparición de los cuatro menores en el sur de Guayaquil.

El tribunal determinó que los niños fueron víctimas de desaparición forzada y dispuso varias medidas de reparación integral, acordes con la gravedad de la vulneración de derechos.

Entre estas medidas se incluyó la declaración del 8 de diciembre como fecha conmemorativa, con el objetivo de promover actividades que preserven la memoria histórica y rindan homenaje a las víctimas.

Actividades conmemorativas y seguimiento institucional

La sentencia establece que la Asamblea Nacional debe aprobar la resolución correspondiente en un plazo máximo de tres meses desde la notificación del fallo.

Una vez adoptada la decisión, el Parlamento deberá informar a la Corte Constitucional en un plazo de cinco días y adjuntar la documentación que respalde el cumplimiento de la medida.

Además, la Defensoría del Pueblo de Ecuador tendrá la responsabilidad de verificar anualmente la realización de eventos, actos conmemorativos y actividades pedagógicas vinculadas a esta fecha.

Reformas legales para evitar nuevas desapariciones

Como garantía de no repetición, la Corte también ordenó a la Asamblea realizar reformas a la Ley Orgánica de Actuación en Casos de Personas Desaparecidas y Extraviadas.

Estas reformas deberán incluir la obligación de presumir una desaparición forzada cuando exista sospecha de participación de agentes del Estado, así como la realización de investigaciones urgentes y de oficio.

La sentencia también establece la prohibición de usar la reserva de información como argumento para retrasar o negar datos en investigaciones de este tipo.

Asimismo, se deberán crear mecanismos de coordinación interinstitucional y protocolos de búsqueda inmediata para casos de desaparición forzada.