Jueza acepta habeas data
La jueza Viviana Pila aceptó la acción de habeas data presentada por Alexandra Villacís, exvocal suplente del presidente destituido del Consejo de la Judicatura, Mario Godoy. La decisión judicial ordena corregir el registro del Ministerio del Trabajo que le impedía ejercer un cargo público.
Con esta resolución, Villacís sostiene que el Consejo de la Judicatura deberá reunirse para conocer la sentencia y restituirla en su función. De concretarse este proceso, ella asumiría la presidencia del organismo encargado de la administración de justicia en Ecuador.
Notificación a las instituciones
Tras conocer el fallo, la abogada envió oficios al Consejo de la Judicatura, a la Corte Nacional de Justicia y al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social. El objetivo es que estas instituciones conozcan oficialmente la sentencia emitida por la jueza.
Villacís explicó que estas entidades deben actuar conforme a la resolución judicial. Según indicó, el fallo restablece su situación jurídica previa al 9 de febrero de 2026.
Argumentos presentados en la audiencia
Durante la audiencia, que se desarrolló de forma telemática, la defensa de Villacís presentó documentos que demostraban que no tenía deudas pendientes. Entre las pruebas constaba un certificado del Servicio de Rentas Internas que confirmaba que estaba al día con sus obligaciones.
Según la abogada, el impedimento se basaba en un supuesto certificado de deuda que no existía. Esa situación, sostuvo, vulneraba su derecho a ejercer funciones públicas.
Postura del Ministerio del Trabajo
Durante la diligencia, el Ministerio del Trabajo argumentó que el registro de impedimentos dependía de información generada por el Servicio de Rentas Internas. También intervino la Procuraduría General del Estado con argumentos que la defensa consideró improcedentes.
Finalmente, la jueza resolvió aceptar el habeas data. Aunque no permitió la intervención de siete amici curiae que respaldaban a Villacís, determinó que la demanda era procedente.
Orden de rectificación en 24 horas
La sentencia dispone que el Ministerio del Trabajo rectifique de inmediato el registro administrativo que señalaba el impedimento laboral. La institución tiene un plazo máximo de 24 horas para actualizar la información.
Además, debe emitir un nuevo certificado que confirme que Villacís no tiene impedimentos para ejercer un cargo público. Esta rectificación permitirá restituir su habilitación como vocal suplente del Consejo de la Judicatura.
Apelación no suspende la sentencia
El Ministerio del Trabajo anunció que apelará el fallo. Sin embargo, Villacís explicó que en materia constitucional la apelación no suspende la ejecución de la sentencia.
Si la institución no cumple con la disposición judicial, podría configurarse un desacato. En ese caso, la máxima autoridad del organismo enfrentaría consecuencias legales.
Posible restitución en la Judicatura
Villacís sostiene que el Consejo de la Judicatura debería convocar a su pleno para conocer la sentencia y restituir su situación jurídica. Esto implicaría reconocer que no existe impedimento para ejercer el cargo.
La abogada expresó que confía en que las instituciones actúen conforme al fallo judicial. Considera que el cumplimiento de la sentencia enviaría un mensaje de respeto a la institucionalidad y al Estado de derecho en el país.

